Se adelantan algunas medidas de la nueva Reforma Fiscal del Gobierno
Se adelantan algunas medidas de la nueva Reforma Fiscal
Un pequeño impulso para la actividad económica en España
El Consejo de Ministros pone en marcha una serie de medidas para dar un empujón a la actividad económica en España. Estas medidas se basan principalmente en una bajada de retenciones para los trabajadores autónomos, en la mejora de la financiación a pymes, en la exención de las ganancias patrimoniales consecuencia de la dación en pago y en la compensación de las preferentes.
Se trata de un Real Decreto – ley publicado en el BOE el pasado 5 de julio y que tiene como objetivo incentivar e impulsar la actividad económica española. Todas estas medidas están incluidas en el Anteproyecto de Ley de Reforma Fiscal .
Bajada de retenciones para los autónomos con menores rentas
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Se adelanta la reducción del 21% al 15% para que comience a aplicarse desde ya y sin tener que esperar a enero de 2015, fecha en la que está prevista la entrada en vigor de la reforma fiscal y que beneficiará a más de 325.000 autónomos.
El borrador de reforma fiscal incluye una rebaja general del tipo de retención a los autónomos, del 21 al 20% en 2015, y al 19%, en 2016. Incluye también una rebaja de las retenciones, mucho mayor, del 21 al 15% para los autónomos con rendimientos anuales inferiores a doce mil euros.
Con el objetivo de que los trabajadores autónomos disponga de mayor liquidez, el artículo 122.Tres del RD-ley 8/2014, añade una nueva disposición adicional cuadragésima Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de actividades profesionales a la Ley de IRPF 35/2006, con efectos desde el 5 de julio.
Además, se eleva de 12.000 euros -cantidad que figuraba en el borrador de reforma fiscal- a 15.000 euros los rendimientos anuales de los autónomos que podrán aplicar la retención del 15% con carácter inmediato.
Fomento de la internacionalización de la empresa
Otro de los pilares fundamentales de esta Reforma Fiscal es impulsar el apoyo de Organismos Multilaterales e Instituciones Financieras Internacionales a las empresas españolas en su financiación y en sus procesos de internacionalización. El ICO (Instituto de Crédito Oficial) pondrá en marcha un programa de garantías y avales a favor de los mencionados Organismos e Instituciones, por un importe máximo de 1.200 millones de euros y una duración de un año, hasta el 6 de julio de 2015.
El importe de garantías y avales concedido por el ICO en el ejercicio 2014 al amparo de este programa se computará con cargo al límite de operaciones de crédito autorizadas de 18.000 millones de euros reconocido al Instituto de Crédito Oficial en el Anexo III de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
Exención de las ganancias patrimoniales consecuencia de la dación en pago
Otra medida anunciada en la presentación del borrador de reforma fiscal trata de que la ganancia patrimonial que se derive de la dación en pago de la vivienda habitual para la cancelación de una hipoteca no tributará ni por el IRPF ni por la llamada «plusvalía municipal» (Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana), siempre que el propietario no disponga de otros bienes para afrontar el pago de la totalidad de la deuda. La exención no se limita a los supuestos de dación en pago, sino que se amplía a las transmisiones realizadas en ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales.
Compensación de preferentes
Hacienda permitirá compensar, sin límite y con cualquier tipo de renta en la base del ahorro, las rentas negativas derivadas de deuda subordinada, participaciones preferentes o acciones recibidas posteriormente por dichos valores que se hayan generado con anterioridad al 1 de enero de 2015.
El borrador de reforma fiscal anunciado permitía esta compensación a partir de enero de 2015. Ahora, dicha compensación podrá producirse en la declaración del IRPF 2014 y podrá afectar a los rendimientos negativos pendientes de compensar, generados en 2010 y ejercicios siguientes. Así, los rendimientos de capital negativos derivados de participaciones preferentes se podrán compensar con las ganancias patrimoniales derivadas de las acciones que fueron objeto de canje.
Mejora de la financiación de las pymes
Este apartado abarca dos proyectos de ley para mejorar la financiación de las pymes y regular las entidades de capital riesgo-pyme.
Entre otras, la futura regulación impone a los bancos la obligación de preavisar «al menos» con tres meses de antelación a las pymes a las que pretendan recortar su financiación en más de un tercio. Además, la banca deberá proporcionar a las empresas de forma gratuita un historial financiero.
El proyecto de ley incluye también una mejora del funcionamiento de las Sociedades de Garantía Recíproca, un régimen jurídico específico para los establecimientos financieros de crédito, una mejora de la regulación de las titulaciones en España, así como la potenciación del funcionamiento del Mercado Alternativo Bursátil (MAB).
Con el fin de mejorar la financiación alternativa a la banca, el Gobierno también mejora el régimen de emisión de obligaciones y fija una regulación para el funcionamiento del sistema del ‘crowdfunding’. Lo que persigue impulsar una nueva herramienta de financiación directa de proyectos empresariales en sus fases iniciales, además de proteger a los inversores. Por ello, se fijan límites por inversor tanto por proyecto (3.000 euros) como por plataforma (6.000 euros por año).
Finalmente, respecto a la regulación de empresas de capital riesgo-pyme:
-Se impone la inversión de, al menos un 70% de su patrimonio, en pymes, además de participar en la gestión y aportar asesoramiento.
-Se reduce las cargas administrativas, sustituyendo el régimen de autorización previa por el de un simple registro ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Impuesto a depósitos bancarios
Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2014, la regulación de este impuesto contenida en el artículo 19 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre. Cambia el tipo de gravamen actual (0 por 100) del Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito (IDEC) para establecer un gravamen del 0,03 por 100 a pagar por las entidades financieras, con efectos desde el 1 de enero de 2014. Su recaudación irá destinada a las Comunidades Autónomas, en función de la recaudación que se obtenga en cada territorio.
La modificación se efectúa para garantizar una tributación armonizada de los depósitos constituidos en las entidades de crédito de todo el territorio español, y con ello, velar por la unidad de mercado y la eficiencia del sistema financiero.