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 ¿Qué es el modelo 115?

 

El modelo 115 es prácticamente indispensable para cualquier negocio, ya que en este documento se declaran las retenciones e ingresos a cuenta que provienen de pagos de alquiler de inmuebles urbanos.

¿Quién debe presentar el modelo 115?

 

Siempre que haya arrendamientos de bienes inmuebles urbanos habrá que presentar el modelo 115, aunque existen algunas excepciones:

 

  • Si el pago del alquiler de un bien inmueble no pasa de 900€ al año.
  • Si es un leasing (Un alquiler con opción a compra)
  • Si el bien inmueble se usa con el fin de dar vivienda a los trabajadores.
  • Que el arrendador nos acredite que está incluido en alguno de los epígrafes del grupo 861 y, por tanto, esté exento de retener.

 

¿Cómo se rellena el modelo 115?

 115-identificación

Después de la identificación, donde se anotarán los datos personales, el ejercicio en el que se encuentra y el trimestre, corresponde iniciar la liquidación

Lo que debemos anotar según la casilla es lo siguiente:

115-liquidación

  • Casilla 1: Número de individuos (ya sean personas físicas o sociedades) a los que se paga el alquiler.
  • Casilla 2: La cantidad que figura en las facturas, sin tener en cuenta el IVA y la retención aplicada.
  • Casilla 3: El total de retenciones e ingresos a cuenta de las facturas durante el trimestre.
  • Casilla 4: En caso de ser una declaración complementaria habrá que rellenar los datos de esta casilla
  • Casilla 5: Resultado final que se obtiene de restar la casilla 4 al total de retenciones (casilla 3).
 

Te llamamos y asesoramos gratis:

 

Ejemplo Práctico del modelo 115:

Un empresario ha alquilado unas oficinas para su actividad. Por ellas paga una cantidad total de 500€ , más IVA (21%) y una retención del 19%

  • Casilla 1: 1 (solo le paga una empresa)
  • Casilla 2: 1500 (500 Euros por 3 meses de un trimestre)
  • Casilla 3: 285 (500×19% = 95, y 95 se multiplica por los 3 meses)
  • Casilla 4: 0 (no es una complementaria)
  • Casilla 5: 285

 

¿Cuándo se presenta el modelo 115?

Este modelo se presenta trimestralmente,  20 días después de finalizar cada período, de forma que el documento del primer trimestre se presenta hasta el 20 de Abril, el del siguiente trimestre hasta el 20 de Julio, el tercer trimestre hasta 20 de octubre y la declaración del último trimestre se realiza hasta el 30 de Enero del año siguiente.

¿Tengo que presentar todas las liquidaciones trimestrales del modelo 115 si el pago de mi alquiler es anual?

La respuesta es no, se debe presentar la autoliquidación en el período en que se pague el alquiler, para más dudas echa un vistazo a la consulta V0320-07 aqui

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Juan Carlos Gómez Diaz

Socio Director, miasesoriaweb.com

 

 

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